Ley Laboral Juvenil: ¿Reactivará la economía?
- José Reyes Gastelú
- 26 dic 2014
- 3 Min. de lectura
Mucho se ha hablado de esta Ley, unos de acuerdo otros no, yo simplemente quiero dejar en claro algunos puntos con los cuales discrepo, sea cual fuese la razón de la creación de esta Ley que supuestamente beneficiaría a 260 000 jóvenes, lo único que hace a mi parecer, es legalizar el abuso cometido por las empresas a la mano de obra nacional de entre los 18 y 24 años (6 años de robo a la juventud por su trabajo)
"Reactivemos la Economía nacional" nos dice Pedro Pedro Pablo Kuczynski dando la bienvenida a esta Ley, aun pidiendo que se amplíe hasta la edad de 30 años.
¿Tanta es la presión del sector empresarial al gobierno que obliga a convertir a la Juventud del Perú en mera mano de obra legalizando su explotación para continuar llenando los bolsillos de algunos y empobreciendo a otros?
PLANILLA Y SUELDO MÍNIMO VITAL
La nueva ley indica que los jóvenes ingresarán a la planilla de la empresa, aunque no con todos los beneficios que cuentan los que están dentro del régimen general o hasta el régimen de pequeña empresa.
A diferencia de la modalidad formativa juvenil, la nueva ley sí incluye que las personas entre el rango de edad mencionado sí estén en planilla, tal como se da en el régimen de la micro-empresa.
La nueva ley sí estipula que el salario inferior sea el sueldo mínimo vital, a diferencia de la modalidad formativa juvenil, en donde existe una subvención equivalente.
CTS Y SEGURO DE SALUD
Si bien se respeta el seguro de salud del empleado, como se da en los diferentes regímenes, el problema viene con la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS).
Los jóvenes que ingresen a este régimen no contarán con ningún tipo de compensación de este tipo, al igual que el régimen micro-empresa o la modalidad formativa juvenil.
La situación se agrava, teniendo en cuenta que las empresas que en la actualidad tienen a sus empleados de esta edad en régimen general pueden quitarle el beneficio de la CTS a sus trabajadores, con el argumento del cambio de régimen.
VACACIONES A MEDIAS
Asimismo, la nueva ley estipula que el joven empleado sí tendrá vacaciones, aunque está será en una proporción mucho menor a la de un trabajador en régimen general, tal como se da para los de pequeña empresa, micro-empresa o en modalidad formativa juvenil.
En pocas palabras, el joven ya no contará con los 30 días de vacaciones al año, sino se tendrá que contentar con la mitad, es decir, 15 días.
ADIÓS A LAS GRATIFICACIONES
Otro de los puntos criticados a este nuevo régimen laboral es que se le quitará el beneficio de las gratificaciones de julio y diciembre al trabajador.
Hasta en la modalidad formativa juvenil y en el régimen de pequeña empresa, el joven recibía una gratificación valorizada en la mitad de un sueldo bruto más el pago de seguro.
Normalmente, el empleado del régimen general recibe en julio y diciembre hasta un sueldo más el 22 % del mismo (13 % por el no aporte por concepto de ONP o AFP + 9 % por el no descuento de EsSalud).
SIN ASIGNACIÓN FAMILIAR NI SEGURO DE VIDA
Los jóvenes de 18 a 24 años que sean padres también le dirán adiós al beneficio por concepto de asignación familiar, el cual es del 10 % del sueldo mínimo vital.

En la actualidad, los jóvenes que tengan uno o más hijos reciben 75 nuevos soles adicionales al salario, sin importar el monto el cual es contabilizado para el cálculo de la gratificación. Este beneficio será dejado de lado para los empleados del nuevo régimen.
Tampoco contará con el seguro de vida que se da en el régimen laboral o el de pequeña empresa.
UTILIDADES
Otro de los beneficios que el empleado le dirá adiós es a la utilidad laboral por año fiscal. Sea cual sea la rentabilidad de la empresa a la que pertenece, el joven trabajador se despedirá de este beneficio.
¿ESTÁS DE ACUERDO CON ESTA LEY?
Cierto los empresarios contrataran a más jóvenes para trabajar.




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